El Ministerio de Seguridad le puso derecho de admisión al jefe de la barra de Racing

Durante la mañana de este viernes, el Ministerio de Seguridad emitió un Boletín Oficial en el que castigó a varios hinchas, dentro de los que aparece el jefe de la barra de Racing. En este documento firmado por la ministra de Seguridad Alejandra Susana Monteoliva también se incluyeron sanciones para gente de Godoy Cruz, a los que se les aplicó “restricción de concurrencia administrativa”.

El derecho de admisión para Leandro Emanuel Paredes, máximo líder de una de las facciones de la barra académica, se aplicó luego de un hecho violento en el Presidente Perón. Durante el partido entre la Academia e Independiente Rivadavia, encuentro que se disputó en la fecha siete de este Torneo Apertura, el hincha de Racing fue captado por las cámaras de seguridad agrediendo a otro simpatizante del local en una de las tribunas.

Este fanático que recibió algunas afecciones en su columna vertebral es Walter Alagastino, ex líder de otra facción, quien debió ser retirado en ambulancia. Por este suceso, el jefe de la barra de Racing recibió el derecho de admisión por tiempo indeterminado, tras la publicación de este Boletín Oficial.

El jefe de la barra de Racing recibió derecho de admisión.

Diez hinchas de Godoy Cruz también fueron sancionados

Por otra parte, en este Boletín se les prohibió también la concurrencia a los estadios de todo el país a diez hinchas de Godoy Cruz, que estuvieron involucrados en incidentes durante el partido con Deportivo Madryn a inicios de marzo. Esta medida se extenderá por 24 meses a los hinchas Oscar Raúl Jurado, Roberto Quiroga, Diego Gabriel Sintas, Leonardo Ariel Olguin, José María Moris, Fausto Martin Quiroga, Luciano Miguel Maldonado, Iván Nahuel González, Ignacio Rafael Leguiza y Jonathan Benjamín Negrete.

El Boletín Oficial

Que, en ese marco, el 19 de abril de 2017 se dictó la Resolución N° 354-E/2017 con el propósito de acentuar la prevención de los hechos de agresión y violencia en ocasión de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o inmediatamente después de celebrarse tal evento, e instituir medidas restrictivas de concurrencia a estadios de fútbol.

Que las presentes actuaciones se inician con motivo de los episodios de violencia protagonizados por un grupo de personas identificadas con el RACING CLUB en un sector del Estadio “PRESIDENTE PERÓN”, perteneciente a la entidad nombrada, en ocasión de la disputa del encuentro futbolístico por la Copa de la Liga Profesional de Fútbol organizado por la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, disputaron la entidad nombrada en primer término frente a su similar del CLUB SPORTIVO INDEPENDIENTE RIVADAVIA, el 26 de febrero del corriente año.

Que, en efecto, en el marco del citado evento deportivo, diversos medios periodísticos difundieron imágenes fílmicas de público y notorio conocimiento, que grafican los incidentes violentos ocurridos (https://www.tycsports.com/racing-club/vinieron-a-matarnos-asi-fue-la-bestial-agresion-barra-en-racing-a-un-disidente-id72035

; https://www.infobae.com/deportes/2024/02/26/salvaje-agresion-de-la-barra-de-racing-en-el-cilindro/utm_source=chatgpt.com

), pudiéndose observar en las mismas la activa participación del individuo identificado como LEANDRO EMANUEL PAREDES, titular del D.N.I. N° 35.119.633, sindicado como referente de un sector de simpatizantes radicalizados, quien habría intervenido junto a otros individuos en la agresión física perpetrada contra el ciudadano Walter Alagastino, ex referente de otro sector de simpatizantes.

Que como consecuencia de la feroz agresión recibida, la víctima debió ser retirada del estadio en ambulancia, presentando lesiones de gravedad, entre ellas afecciones en la columna vertebral.

Que la DIRECCIÓN DE SEGURIDAD DE EVENTOS DEPORTIVOS dependiente de este Ministerio, se encuentra recabando la información necesaria a los efectos de ampliar el número de personas identificadas en los soportes fílmicos y periodísticos previamente descriptos.

Que, teniendo en cuenta los antecedentes registrados del individuo identificado como LEANDRO EMANUEL PAREDES, referente de un sector de simpatizantes radicalizados del RACING CLUB, corresponde considerar su presencia como factor de riesgo para la seguridad en espectáculos deportivos, resultando imperativo adoptar medidas preventivas a fin de impedir su ingreso a los estadios.

Que, ante estas circunstancias y considerando que el espíritu de la normativa vigente es preservar el orden y la seguridad, focalizándose en la prevención de hechos de violencia durante el desarrollo de un encuentro deportivo, es necesario neutralizar e impedir la presencia en el evento de personas que pudieran alterar, en cualquier forma, la reunión deportiva, resultando pertinente registrar al mencionado ciudadano en el Programa TRIBUNA SEGURA y disponer las medidas de restricción correspondientes.

Que desde la Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos se estima conveniente la aplicación de la figura de “RESTRICCIÓN DE CONCURRENCIA ADMINISTRATIVA” a todo evento deportivo en el territorio nacional a LEANDRO EMANUEL PAREDES, titular del D.N.I. N° 35.119.633 por TIEMPO INDETERMINADO, en los términos de los artículos 2° y 3° de la Resolución MS N° 354/17 y sus modificatorias, y en función del Decreto N° 246/17.

El Boletín Oficial del Ministerio de Seguridad.El Boletín Oficial del Ministerio de Seguridad.

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