La AFA difundió el audio de los diálogos del referí Nicolás Lamolina, con la encargada del VAR, Salomé Di Iorio, en la jugada en que San Lorenzo reclamó penal ante Gimnasia y Esgrima La Plata. Esto llama la atención porque son muy pocos los casos en los que la entidad difunde las conversaciones entre el juez central y la persona encargada de la cabina ubicada en el predio de Ezeiza.
¿Qué ocurrió? El juvenil Agustín Ladstatter buscó el segundo palo con un zurdazo, pero la pelota dio en el antebrazo derecho extendido de Pedro Silva y si bien Lamolina estaba de frente a la jugada, no convalidó penal. ¿Qué observaron Lamolina y Di Iorio? Que la pelota primero tocó en la pierna derecha del futbolista del Lobo y que después le dio en el brazo derecho, que ellos interpretaron que estaba ubicado en una “posición natural”.
Mirá el video que difundió la AFA
San Lorenzo –
Audio del VAR en el penal que no le dieron a San Lorenzo
“Mano en posición natural”, para el referí Arasa y Salomé di Iorio no correspondía sancionar falta. Fuente: AFA.
Los diálogos
Se desprende que Lamolina vio inicialmente la pelota en el brazo y no consideró que fuese una acción sancionable. “Hay un desvío en la pierna y posteriormente en la mano”, afirma dos veces. “El brazo está abierto, pero… Sí, sí, totalmente, no hay nada después. Sí. Nico, todo chequeado, tal cual lo relataste. Rodilla y después es inevitable. Tiene los dos brazos abiertos. Le termina rozando producto del rebote antes en la rodilla”, le contesta Di Iorio.
Pese a este audio, Olé se mantiene en su valoración inicial: correspondía sancionar penal porque el brazo no está en una posición natural, pese a lo que sostienen Lamolina y Di Iorio. La jueza afirma que es “inevitable”, como si eso anulara de que el brazo está extendido en forma antinatural ya antes de que el atacante pateara, en un claro intento de bloqueo con el volumen del cuerpo ampliado.
La Regla 12 dice, textualmente, que cometerá infracción el jugador que “toque el balón con la mano o el brazo cuando la mano o el brazo se posicionen de manera antinatural y consigan que el cuerpo ocupe más espacio. Se considerará que un jugador ha conseguido que su cuerpo ocupe más espacio de manera antinatural cuando la posición de su mano o brazo no sea consecuencia del movimiento de su cuerpo en esa acción concreta o no se pueda justificar por dicho movimiento. Al colocar su mano o brazo en dicha posición, el jugador se arriesga a que el balón golpee esa parte de su cuerpo y esto suponga una infracción”.
La interpretación, en este caso, fue que la posición de esa mano era “consencuencia del movimiento del cuerpo en esa acción concreta”, y no un posicionamiento “de manera antinatural” mediante el que consigue que “el cuerpo ocupe más espacio”, que es lo que entiende Olé al ver y repasar la jugada.
Si la Dirección Nacional de Arbitraje, a cargo de Federico Beligoy, determinó la difusión de este video es porque se considera que los árbitros actuaron bien. Habría que buscar mucho para encontrar un caso en el que la voz del relator oficial (relatora, en este caso) en off, antes de anunciar un diálogo, explique que los jueces se equivocaron en su evaluación.